La Sala Penal a través del Auto Supremo 839/2017-RA de 31 de octubre, emitió juicio
Contra la referida Sentencia, los imputados Jorge Chura Alanoca (fs. 3648 a 3655 vta.); Rene Limachi Flores (fs. 3680 a 3689 vta.); y, Justo Pastor Mamani Mayta (fs. 3697 a 3705 y adhesión a fs. 3827); respectivamente, interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz mediante Auto de Vista 03/2017 de 20 de enero, que declaró improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada y los Autos Complementarios de 1 de octubre de 2015, siendo rechazada la solicitud de complementación y enmienda del acusador particular mediante Resolución de 22 de marzo de 2017 (fs. 3909), motivando la interposición de los presentes recursos de casación.
I.1.1. Motivos De Los Recursos.
La Sala Penal a través del Auto Supremo 839/2017-RA de 31 de octubre, emitió juicio de admisibilidad sobre los recursos de casación planteados, estableciendo el margen de análisis de fondo, bajo el siguiente detalle y conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ):
I.1.2. Recurso de casación de René Limachi Flores
- Por Sentencia S-39/2015 de 25 de septiembre (fs
- La Sala Penal a través del Auto Supremo 839/2017-RA de 31 de octubre, emitió juicio
- El Auto de Vista recurrido ante su denuncia concerniente a la errónea aplicación de la
- Denuncia que el citado Auto de Vista vulneró su derecho a conocer fundadamente las resoluciones
- Denuncia de falta de pronunciamiento respecto a sus reclamos concernientes a: a) Que exista contradicción en su
- I.1.2.Recurso de casación de Justo Pastor Mamani Mayta
- El Auto de Vista recurrido al ratificar la injusta Sentencia vulneró el debido proceso; por
- Este motivo fue admitido en el orden del Auto Supremo 839/2017-RA de 31 de octubre,
- Rene Limachi Flores instó que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista
- Si bien, el esquema del sistema de recursos determina la existencia de una cadena procesal
- III.1 Recurso de casación de Rubén Limachi Flores
- III
- En apelación restringida denunció errónea calificación de los hechos bajo el marco procesal del art
- El Auto Supremo 329 de 29 de agosto de 2006, fue pronunciado por la extinta
- René Limachi Flores manifiesta que el Auto de Vista impugnado vulneró el debido proceso y
- Como se precisa en el párrafo anterior, al momento de la interposición del recurso de
- Como es visto, sobre los reclamos específicos de valoración de la prueba el Auto de
- De hecho las contemplaciones sobre fundamentación en fallos emergentes del recurso de apelación restringida, fueron
- En ese entendido, no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando en el mismo
- En suma, teniendo presente los anteriores argumentos, la Sala Penal concluye que él presente motivo
- Del cotejo entre el catálogo de agravios desarrollados y su correspondiente respuesta por parte del
- Sobre el particular, la jurisprudencia del Máximo Tribunal de la Jurisdicción ordinaria, tiene dicho en
- III.2. Del recurso de Casación de Justo Pastor Mamani Mayta
- El Auto de Vista recurrido al ratificar la Sentencia vulneró el debido proceso; por cuanto,
- Emitida la Sentencia S-39/2015 de 25 de septiembre, fueron activados tres recursos de apelación restringida,
- La orientación jurisprudencial del Auto Supremo 354/2014-RRC de 30 de julio –entre muchos otros-, estima
- El Auto de Vista 03/2017 de 20 de enero, argumenta el rechazo del recurso de
- Aspectos todos por los que se considera que el Auto de Vista 03/2017 de 20
- “…las resoluciones judiciales, como expresión tanto de la voluntad del juez como la expresión de
- Este Tribunal Supremo, en forma continua y coherente, ha manifestado criterios sobre la falta de
- Por las razones anotadas y siendo evidente el mérito de los motivos de casación denunciados
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
