Auto Supremo AS/0364/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0364/2018

Fecha: 07-May-2018

2) En cuanto a la errónea aplicación del litis consorcio según el art

2) En cuanto a la errónea aplicación del litis consorcio según el art. 48.I del C.P.C., señaló que la sentencia tendrá efectos sobre los hijos de la demandante, aspecto que no fue considerado por el Juez, infringiendo el art. 48.I del Código Procesal Civil, así mismo refiere que la recurrente tenía la carga procesal de precisar la norma vulnerada o aplicada erróneamente al no hacerlo no existe agravio alguno que le infiera la resolución recurrida, cita al A.S. 441/2013