Auto Supremo AS/0364/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0364/2018

Fecha: 07-May-2018

6) En cuanto a la errónea interpretación del art

6) En cuanto a la errónea interpretación del art. 213 del Código Procesal Civil, indicó que se demandó usucapión de 300 Mts.2, declarando el juez probada parcialmente la demanda sobre el inmueble con una superficie de 228 Mts.2, empero es otra superficie que no es la demandada, vulnerando el art. 213.II del Código Procesal Civil, señaló que la resolución del Juez es ilegal, por la documental cursante en obrados no se evidencia documento fehaciente que demuestre una superficie de 228 Mts.2, que se pretende usucapir. No señala que norma y de qué manera se vulneró, consiguientemente no existe agravio alguno sobre lo referido, al respecto cita el Auto Supremo 386/2016