Auto Supremo AS/0391/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0391/2018

Fecha: 07-May-2018

En cuanto a la adhesión de apelación de fs

En cuanto a la adhesión de apelación de fs. 345 a 348 conforme al principio de congruencia (art. 213.I del Código Procesal Civil), el Ad quem describió que no se cumple con el art. 138 del Código Civil es decir con la posesión pacífica por 10 años. Concluyó señalando que la juzgadora al declarar improbada la demanda obró correctamente, motivando así que los apelantes planteen recurso de casación