Auto Supremo AS/0183/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183/2018

Fecha: 27-Jun-2018

De igual manera se tiene el art

III. Los derechos y beneficios reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos”
Normas constitucionales que son concordantes con las normas especiales contenidas en La Ley General del Trabajo, como son:
“Art. 4.- Los derechos que esta Ley reconoce a los trabajadores son irrenunciables, y será nula cualquier convención en contrario.”
De igual manera se tiene el art. 3 incisos g), h) y j) del Código Procesal del Trabajo:
“Artículo 3.- Todos los procedimientos y trámites se basarán en los siguientes principios