Auto Supremo AS/0189/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2018

Fecha: 27-Jun-2018

Asimismo, sobre la recuperación de aportes sostiene que el art

Asimismo, sobre la recuperación de aportes sostiene que el art. 80 del D.S. 822 de 16 de marzo de 2011, es claro al referir que mientras no se recupere el monto adeudado por concepto de aportes no se puede dar curso al trámite por los periodos que se encuentran fiscalizados, observando que el art. 14 del D.S. Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, de la certificación extraordinaria, la misma se encuentra regulada para trámites de rentas en curso de adquisición y renta en curso de pago dentro del sistema de reparto y no así para el sistema de compensaciones, así lo corrobora el art. 18 sobre la no aplicación del art. 14; asimismo, la Resolución Ministerial 550 de 28 de septiembre de 2005 para la certificación de aportes establece que se tomara en cuenta la verificación de planillas