Auto Supremo AS/0204/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0204/2018

Fecha: 27-Jun-2018

Continúa señalando que, el art

Continúa señalando que, el art. 108.1 de la Constitución Política del Estado, hace referencia a los deberes que tienen los habitantes de conocer y hacer cumplir la Constitución y las Leyes, instaurando así el sistema de obligatoriedad en el cumplimiento del Derecho, por lo que se debe dar cumplimiento al art. 532 del Reglamento del Código de Seguridad Social, que señala que la acción del derechohabiente para reclamar una renta, pago global o indemnización por muerte, prescribe a los 3 años a partir de la fecha del fallecimiento del causante, concordante con el art. 61 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, mismo que prevé que la acción para reclamar rentas o pagos globales de derechohabientes prescribe a los tres años, computables a partir de la fecha del fallecimiento del causante, disposiciones legales que fueron violadas por el Auto recurrido