Auto Supremo AS/0255/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2018

Fecha: 12-Jun-2018

Bajo ese entendimiento, se advierte que no existe ninguna infracción procesal que amerite determinar la

Bajo ese entendimiento, se advierte que no existe ninguna infracción procesal que amerite determinar la nulidad de obrados, más aún si no se ha provocado indefensión a la demandante, implicando que los de instancia no ocasionaron ningún perjuicio, quien al tener conocimiento efectivo de las decisiones asumidas, en primera y segunda instancia, pudo materializar los recursos permitidos por ley para impugnarlas dentro de los plazos legales, concluyéndose que no corresponde determinar esa nulidad pretendida