Auto Supremo AS/0269/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2018

Fecha: 18-Jun-2018

2

2.- En lo que refiere a la Ley de Cooperativas, el trabajo es personal y se prohíbe el trabajo delegado, sin embargo, existe una excepción cuando se trata de trabajo temporal, como en el presente caso, en el cual se permite conformar asociaciones accidentales, con aportes mutuos y distribución de utilidades para la explotación de un yacimiento minero