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2.- Durante la inspección judicial, cursante a fs. 52, se exhibe documentación en la cual no figura su nombre y aparentemente aparece su firma, lo que daría lugar a una duda razonable, sin embargo en sentencia se considera como plena prueba, valorando documentos inexistentes en el expediente, pues no se arrimaron al mismo, conforme se dispuso mediante decreto de fecha 04 de mayo, cursante a fs. 81 vta.
3.- Por su parte, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa, realiza un análisis muy liviano de los agravios e infracciones sufridas, tomando como verdad absoluta lo contenido del acta de audiencia de conciliación y la inspección judicial realizada, vulnerando el debido proceso al no cumplir con su obligación de revisar y valorar correctamente obrados, además de tampoco considerar lo establecido en la Ley de Conciliación y Arbitraje
3.- Por su parte, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa, realiza un análisis muy liviano de los agravios e infracciones sufridas, tomando como verdad absoluta lo contenido del acta de audiencia de conciliación y la inspección judicial realizada, vulnerando el debido proceso al no cumplir con su obligación de revisar y valorar correctamente obrados, además de tampoco considerar lo establecido en la Ley de Conciliación y Arbitraje
- Tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales y derechos adquiridos seguido por Rubén
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandante Rubén Delgado Callasuca interpone recurso de
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo y en la forma, el recurrente establece
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- Por lo que pide, que en virtud a los argumentos expuestos, considerando la errónea apreciación
- El demandado, a fs. 129 a 131, contesta el recurso bajo los siguientes argumentos
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- Por lo que pide, que en virtud a los argumentos expuestos, se declare improcedente el
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO
- De las causales de casación
- El Art
- De la legitimación para interponer el recurso de casación
- Del error de hecho y derecho en la valoración de la prueba
- Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
- En ese contexto la SCP No
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
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- No obstante de ello, como toda regla tiene su excepción, el Art
- Para nuestro análisis corresponde referirse a toda la prueba cursante en obrados, pues si bien
- En la especie, el recurrente acusa que el tribunal de apelación no hubiera considerado en
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes los agravios denunciados en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
