Auto Supremo AS/0395/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

III.1. Respecto a la incongruencia omisiva


III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

En el caso presente, el imputado denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, al no tenerse certeza si la suspensión de la audiencia de juicio fue el 23 de mayo de 2017 o el 3 de mayo de 2016, relievando además que incurrió en el mismo defecto al no considerar que no se produjo nueva renuncia o abandono, que permita la designación de un defensor de oficio, sino correspondía la otorgación de un plazo no mayor a 48 horas para que el abogado justifique su incomparecencia, habiéndose otorgado 30 minutos a la nueva defensa de oficio para que revise el proceso, por lo que corresponde resolver la problemática planteada.

III.1. Respecto a la incongruencia omisiva