Auto Supremo AS/0395/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, conforme lo establecido en la

La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, conforme lo establecido en la doctrina legal aplicable citada en el Auto Supremo 6 de 26 de enero de 2007, de modo que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y cada uno de los agravios denunciados por el apelante; lo contrario, significaría la vulneración de los arts. 124 y 398 del CPP, este último artículo textualmente refiere: “Los tribunales de alzada circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución", se entiende con la adecuada motivación en las resoluciones que pronuncie el Tribunal de alzada