Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0398/2018-RRC
Fecha: 11-Jun-2018
I.1.3. Petitorio
I.1.3. Petitorio
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Por memorial presentado el 9 de agosto del 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 03/2016 de 26 de febrero (fs
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Contra la referida Sentencia, el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz representado legalmente por Marco
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 63/2018-RA de 14 de febrero, se
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La parte recurrente, denuncia que la Sentencia que fuera objeto de apelación demuestra defectos que
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I.1.3. Petitorio
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Los recurrentes solicitan, que la Sala Penal del Tribunal Supremo determine la existencia del precedente
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
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Finalmente, de acuerdo a lo previsto por el art
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II.2. De la apelación restringida de la imputada
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Contra dicha Sentencia el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, interpuso recurso de apelación restringida,
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Se habría presentado pruebas con las que acusado hubiera querido sorprender la buena fe de
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El Tribunal de Sentencia realizó una valoración defectuosa de los elementos probatorios de cargo, no
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La Sentencia, en la parte considerativa ni en la resolutiva habrían establecido de manera clara
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto
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Con relación al tercer motivo, señala que se debe tener presente que cuando se argumenta
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Respecto del cuarto motivo, expresa que la mencionada errónea aplicación de la Ley (art
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Respecto del quinto motivo, indica que el apelante en forma enunciativa señala que no se
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En el recurso de casación plateado se denuncia que el Auto de Vista es contradictorio
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III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
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Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
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De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
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Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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El art
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En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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III.3. Análisis del caso concreto
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Respecto del único motivo, se advierte que el recurrente denuncia que el Auto de Vista
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Esta actividad se constituye en vicio absoluto que atenta contra el derecho a la defensa,
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Que el Tribunal de apelación no puede pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de casación,
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Respecto de este precedente, los recurrentes señalan que es contradictorio al Auto de Vista, porque
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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