Auto Supremo AS/0398/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Respecto del único motivo, se advierte que el recurrente denuncia que el Auto de Vista


Respecto del único motivo, se advierte que el recurrente denuncia que el Auto de Vista es contradictorio al precedente invocado debido a que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación, porque no se pronunció respecto de todos los puntos denunciados, lo que genera la existencia de incongruencia omisiva, respecto de los defectos de la Sentencia reclamados consistentes en el art. 370 de los incs. 1), 5) y 6) del CPP y la interpretación del art. 222 del CP, lo que a criterio del recurrente sería considerado como un defecto absoluto insubsanable. Al respecto, invoca como precedente contradictorio la doctrina legal aplicable emitida por el Auto Supremo 6 de 26 de enero de 2007, la cual señala:
“Al no haberse pronunciado el Tribunal a quo sobre todos los motivos en los que se fundaron el recurso de apelación restringida deducido por el procesado, sin que del conjunto del Auto de Vista pueda inferirse una respuesta táctica a los mismos, hace evidente un vicio de incongruencia omisiva (citra petita o ex silentio), y en consecuencia la infracción del principio tantum devolutum quantum apellatum, y al deber de fundamentación