Auto Supremo AS/0402/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0402/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

A tal efecto se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 239/2012 de 3 de


En cuanto al único motivo, que se admitió a través del Auto Supremo 85/2018 de 26 de febrero, el recurrente acusa que el Auto de Vista, confirmó la vulneración del principio de congruencia, al ratificar una Sentencia que incorporó hechos que no fueron acusados, como el supuesto cargo de Gerente General de la Caja Nacional de Salud y entregas de medicamentos en los meses de septiembre y octubre del 2004; invoca como precedente el Auto Supremo 239 de 3 de octubre de 2012, el cual habría establecido que la Sentencia no puede modificar, anexar, quitar o modificar los hechos.

A tal efecto se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 239/2012 de 3 de octubre, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de P.C.C. y otra por el delito de Asesinato, que se tiene como hecho generador la falta de fundamentación respecto al tipo penal sentenciado, que establece la siguiente doctrina legal aplicable:
“Los jueces y tribunales deben considerar que el papel de la "acusación" en el debido proceso penal frente al derecho de defensa. La descripción material de la conducta imputada contiene los datos fácticos recogidos en la acusación, que constituyen la referencia indispensable para el ejercicio de la defensa del imputado y la consecuente consideración del juzgador en la sentencia. De ahí que el imputado tenga derecho a conocer, a través de una descripción clara, detallada y precisa, los hechos que se le imputan. La calificación jurídica de éstos puede ser modificada durante el proceso por el órgano acusador o por el juzgador, sin que ello atente contra el derecho de defensa, cuando se mantengan sin variación los hechos mismos y se observen las garantías procesales previstas en la ley para llevar a cabo la nueva calificación. El "principio de congruencia o coherencia entre acusación y sentencia" implica que la sentencia puede versar únicamente sobre hechos o circunstancias contemplados en la acusación”