Auto Supremo AS/0410/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0410/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

En cuanto, a la supuesta falta de fundamentación de la Sentencia, el Tribunal de alzada


En cuanto, a la supuesta falta de fundamentación de la Sentencia, el Tribunal de alzada señala que la Sentencia condenatoria impugnada cumple con lo normado en el art 124 y 360 inc. 1), 2) y 3) del CPP; puesto que, contiene los motivos de hecho y de derecho en que se basa sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, el fallo de mérito contiene una relación del hecho histórico; es decir, se ha fijado de manera clara, precisa y circunstancialmente la especie que se estima acreditada y sobre el cual se emitió en juicio, que es lo que se conoce como fundamentación fáctica. Además, de la análisis de la Sentencia impugnada, se puede extraer que la misma se sustente en hechos inexistentes y debidamente acreditados en la audiencia del juicio oral, sin incurrir en lo previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, como alega el causado recurrente; toda vez, que el Juez de Sentencia al valorar las pruebas de cargo y de descargo ha desarrollado una actividad u operación intelectual de forma conjunta y armónica de exclusividad, con el fin de determinar, si los datos fácticos obtenidos de la producción de la prueba desfilada en la audiencia del juicio oral público, continuado y contradictorio, poseían la entidad y la cualidad suficiente y requerida para corroborar la presunción de inocencia o permitir con certeza plena e incontrastable sobre la pretensión punitiva al proceso, mediante el método de la libre valoración racional y científica de acuerdo a las reglas de la sana crítica, la lógica y el sentido común, uniendo en este trabajo global e intelectual aspectos y elementos como la ciencia, conciencia y experiencia en el presente caso señala que la Sentencia hubiera cumplido con las formalidad de Ley; puesto que, contiene la relación circunstanciada de los hechos, la relación de la causa y los argumentos de la defensa, también señala que contiene un acápite sobre los hechos probados e improbados, la fundamentación jurídica; y finalmente la parte resolutiva de la Sentencia, cumpliendo con lo que manda el art. 124 del CPP; ya que, el Juez dio las razones jurídicas del porque está condenando al imputado por el delito de Apropiación Indebida con múltiples víctimas, señalando en el art. 345 y 346 bis, del CP; hizo referencia al dinero faltante, así como a la conducta anterior y posterior del imputado