Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0410/2018-RRC
Fecha: 11-Jun-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 9 de octubre de 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 31/2017 de 31 de mayo (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 94/2018-RA de 26 de febrero,
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El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, infringe el principio de legalidad, vulnera
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Los argumentos de alzada, a decir del recurrente, no observa y viola lo dispuesto por
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Por otro lado, refiere que el Tribunal de apelación, expresó: “y que al tratarse de
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Alega que los arts
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita se dicte el Auto Supremo dejando sin efecto el Auto de Vista
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
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El conjunto de todos y cada uno de los hechos, elementos probatorios de cargo propuestos
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También señala que no se demostró que el dinero depositado por los trabajadores de la
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Finalmente, señala que se debe considerar que la prueba testifical y documental con relación al
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II.2. De la apelación restringida
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Contra la precitada Sentencia, el imputado Juan Carlos Carpio Ugarte, presentó recurso de apelación restringida,
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También, refirió que la Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el art
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Señala, que la Sentencia incurrió en el defecto comprendido por el art
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Por otro lado, refiere que la Sentencia también incurrió en el defecto comprendido en el
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También, señala que la Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el art 370 inc
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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Respecto de los argumentos expuesto por Juan Carlos Carpio Ugarte, en su recurso de apelación
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En el criterio del imputado no se hubiera valorado la prueba documental de cargo; sin
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En cuanto, a la supuesta falta de fundamentación de la Sentencia, el Tribunal de alzada
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Finalmente, con relación a la denuncia de la existencia del defecto comprendido en el art
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En el presente recurso de casación, la recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado,
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III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
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El Código de Procedimiento Penal, en el art
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La fundamentación no podrá ser reemplazada por la simple relación de los documentos o la
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Conforme la normativa legal precitada, este Tribunal de Justicia, en la amplia doctrina legal emanada
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Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
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III.2. Análisis del caso concreto
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Con la finalidad de resolver la denuncia planteada, es preciso evidenciar si existió vulneración a
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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