Auto Supremo AS/0410/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0410/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el


En consecuencia, se advierte que el Tribunal de alzada no evidenció los defectos de la Sentencia denunciados debido a que dicha instancia al momento de realizar su fundamentación, reunió los requisitos previstos por la norma, verificándose que contenía afirmaciones ciertas y coherentes, en sentido de que existió elementos para sustentar una condena; aspecto que, fue verificado por el Tribunal de alzada quienes observaron que la Sentencia hizo un análisis adecuado al verificar que se probó la acusación respecto del delito de Apropiación Indebida con Agravante, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 bis, por lo que la decisión de confirmar la resolución de primera instancia no quebrantó las normas denunciadas de aplicadas incorrectamente haciendo ver que no existió una errónea aplicación de la ley adjetiva; en consecuencia, al haber fundado su resolución bajo los lineamientos jurisprudenciales expresados en el punto III de la presente resolución, cumplió con su deber de control de legalidad de la Sentencia; en consecuencia, por los argumentos expresados en el presente fallo se pone en evidencia que el Auto de Vista realizó un correcto análisis al resolver los aspectos denunciados; por ende, no corresponde dar curso a lo solicitado al no haberse evidenciado la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales; correspondiendo en consecuencia, declarar infundado el recurso de casación intentado; al haberse el mismo basado en las previsiones contenidas por los arts. 124 y 398 del CPP, al momento de resolver el recurso de apelación restringida interpuesto por el ahora recurrente.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto Juan Carlos Carpio Ugarte