Auto Supremo AS/0422/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Asimismo, los recurrentes alegaron que el Tribunal de Sentencia no efectuó una valoración objetiva respecto


Asimismo, los recurrentes alegaron que el Tribunal de Sentencia no efectuó una valoración objetiva respecto a las pruebas materiales de cargo, que fueron referidas como hechos probados en la Sentencia, afirmando que la Prueba 1 (Informe de Inicio de Investigación) no es una prueba material, sino una obligación que tiene el Ministerio Público para actuar siempre bajo el control jurisdiccional, las pruebas: 2 (Muestrario fotográfico), 7 (Informe del asignado) y 8 (informe de la asignada sobre aspectos investigativos), no identifican a los autores ni mucho menos sindican a los imputados de los delitos denunciados. Con relación a las Pruebas 4 y 5 consistentes en Requerimiento fiscal e Informe Médico Forense, sólo se refieren a las lesiones de las víctimas Yolanda León y Luis Murillo Mendoza, quienes tienen 8 días de impedimento; sin embargo, no establecen quién o quiénes fueron los que ocasionaron dichas lesiones. La prueba 9 consistente en avisos de cobranza por consumo de energía, no específica si corresponden al lugar donde sucedieron los hechos y finalmente la Prueba 10 consistente en un CD, no prueba en ningún momento que los imputados sentenciados hubieran agredido a los acusadores particulares o víctimas