Auto Supremo AS/0435/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

A estos planteamientos, el Tribunal de apelación señaló que el de origen efectuó una correcta


A estos planteamientos, el Tribunal de apelación señaló que el de origen efectuó una correcta fundamentación fáctica que fue correctamente plasmada en la sentencia recurrida, habiéndose indicado que en las acusaciones presentadas por el Ministerio Público como por la víctima Dionisia Villca de Santillán, se alegó que el acusado Rubén Barbery Hurtado es autor del delito de Avasallamiento; toda vez, que la víctima en mayo del 2006, procedió a adquirir un lote de terreno de Pedro Crescencio Pinto Costas; sin embargo, por razones personales se ausentó del país dejando a cargo del terreno a su padre y a sus hermanos; es así que, su vecino y ahora imputado Rubén Barbery Hurtado, procedió a realizar un forado en la pared divisoria de su propiedad con la finalidad de realizar actos posesorios y otra clase de construcciones que afectaron su terreno, negando el acceso de la víctima al terreno de su propiedad, no existiendo en ningún momento derechos propietarios controvertidos sobre su terreno, habiéndose configurado el delito de Avasallamiento