Auto Supremo AS/0435/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Por otra parte, el recurrente en su segundo motivo de apelación denunció incongruencia en la


Por otra parte, el recurrente en su segundo motivo de apelación denunció incongruencia en la sentencia, expresando que en los hechos probados manifestó que el imputado habría procedió a aperturar un forado pequeño primero, más grande después, para luego, simple y llanamente derribar una parte del muro antes referido, conectando así ambos inmuebles, lotes 5 y 4 entre sí, tomando o asumiendo posesión del indicado terreno para posteriormente entregarlo a una tercera persona que detenta actualmente el bien; sin embargo, líneas más abajo señaló que no se creó la plena convicción de la autoría y responsabilidad del imputado Rubén Barbery Hurtado, en la comisión del Delito de Avasallamiento, lo que implica una fundamentación y motivación Incongruente por cuanto en la primera parte de la sentencia realiza una afirmación, relativa al modo en el que ha tomado o asumido posesión del terreno y en la misma resolución luego señala que no tiene convicción de la autoría y responsabilidad en la comisión del delito de avasallamiento, siendo estas divagaciones una muestra palpable y suficiente de la errónea motivación y fundamentación de la Sentencia al vulnerar el principio de congruencia interna de la resolución, al realizar afirmaciones contrarias y excluyentes entre sí, en contravención al ¡ter lógico que debe contener la decisión y que ha sido reconocido como un elemento de la congruencia que debe contener toda Resolución Judicial; por tanto, al haber incurrido en una ruptura de la armonía lógico jurídica por la cual reconoce que el avasallador obtuvo la posesión a través de la destrucción del muro perimetral para invadir el predio y al mismo tiempo en la misma resolución duda sobre la posesión de la víctima y la autoría, participación y responsabilidad del imputado en relación a los mismos hechos, existe un claro defecto en relación a la congruencia que debe existir en la resolución judicial