Auto Supremo AS/0485/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0485/2018

Fecha: 13-Jun-2018

En la Audiencia Complementaria de 27 de julio de 2016 (fs

En cuanto a la demanda y el proceso en primera instancia, la demandante planteó la resolución de contrato de anticresis y el pago de daños y perjuicios por la suma de Bs. 10.000, señalando que después que Carlos Efraín Catari Ortega, le habría entregado las llaves del cuarto, se ausentó del inmueble y que a su retorno no pudo ingresar al bien inmueble, ya que se cambió las chapas y había una tercera persona ocupando la habitación objeto del anticresis; el propietario al respecto, le habría señalado que entregó la habitacion a otra persona y que se comprometió a devolver el dinero y sus pertenencias, aspecto que jamás habría sucedido (fs. 43 a 45). Notificado con la demanda, el Sr. Carlos Efraín Catari Ortega no se apersona al proceso principal a asumir defensa, siendo declarado rebelde (fs. 57 vta.).
En la Audiencia Complementaria de 27 de julio de 2016 (fs. 71), el abogado de la parte demandante presentó dos documentos, el primero, donde el demandado se compromete a devolver el dinero del contrato de anticresis, y el segundo, un contrato de prestación de servicios para el pago de la pericia realizada en la etapa preliminar