Auto Supremo AS/0568/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0568/2018

Fecha: 28-Jun-2018

CONSIDERANDO II



CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
l. Se acusa que el razonamiento efectuado por el Auto de Vista, que da cuenta de que el computo de los seis meses, previsto por efecto del art. 309 del Código de Procedimiento Civil, no es a partir de la última notificación sino “desde la última actuación”, es decir del 7 de noviembre 2009, hasta la dictación de la Resolución Nº 418/10 de fecha 21 de mayo, han transcurrido 6 meses y 13 días, menos el descuento del receso por espacio de 10 días, hacen 6 meses y 3 días, avalando como correcto el accionar del Juez a quo; vulnera los arts. 2, 87, 141 y 309 del C. de Pr. Civil y art. 260 de la LOJ