Auto Supremo AS/0327/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0327/2018

Fecha: 06-Jul-2018

3

3.- Por otra parte, acusa el recurrente, la vulneración del art. 154 del CPT, al no haberse considerado jurisprudencia que establece la inviabilidad de consideración de pago extraordinarios, no regulares, en el sueldo promedio indemnizable, en tal sentido sostiene que la jurisprudencia se constituye en una fuente de derecho, en los cuales se encuentra los fallos del Tribunal Supremo de Justicia, los cuales no pueden ser objeto de caso omiso o ignorancia por parte de los Tribunales de Justicia al momento de resolver la controversia, así lo determina el art. 154 del CPT, acusando que en el caso en concreto no se hubieran considerado, el A.S. Nº 122 de fecha 05 de mayo de 2009, el A.S. Nº 576/2013 de fecha 18 de septiembre de 2013, el A.S. Nº 006/2013 de fecha 04 de octubre de 2013, el A.S. Nº 269 de fecha 23 de agosto de 2010 y el fallo pronunciado dentro el proceso 01-DL-2013 pronunciado por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina