Tramitado el proceso laboral por el pago de reliquidación de beneficios sociales seguido por Fernando
Magistrada Relatora: Dra. María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Pablo Carrasco Quintana en representación legal de la Cervecería Boliviana Nacional S.A., cursante a fs. 278 a 287 vta. de obrados en contra del Auto de Vista Nº 153/2016 – SSA-I de fecha 12 de septiembre de 2016, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primer del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; el Auto Supremo No 179-A de 15 de Mayo de 2017 a fs. 303 a 303 vta., que admitió el recurso; lo obrado en el proceso; y:
I: ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia.-
Tramitado el proceso laboral por el pago de reliquidación de beneficios sociales seguido por Fernando Diego Sánchez de Lozada Bottega en contra de la Cervecería Boliviana Nacional S.A.; la Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 213/2014 de fecha 25 de septiembre de 2014 de fs. 242 a 245, declarando probada en parte la demanda de reliquidación de beneficios sociales, determinando que la Cervecería Boliviana Nacional S.A., cancele a favor del actor conforme al siguiente detalle: Indemnización, aguinaldo, vacación y multa del 30 %, la suma total de Bs. 2.616.577,90 (DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE 90/100 BOLIVIANOS)
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Pablo Carrasco Quintana en representación legal de la Cervecería Boliviana Nacional S.A., cursante a fs. 278 a 287 vta. de obrados en contra del Auto de Vista Nº 153/2016 – SSA-I de fecha 12 de septiembre de 2016, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primer del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; el Auto Supremo No 179-A de 15 de Mayo de 2017 a fs. 303 a 303 vta., que admitió el recurso; lo obrado en el proceso; y:
I: ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia.-
Tramitado el proceso laboral por el pago de reliquidación de beneficios sociales seguido por Fernando Diego Sánchez de Lozada Bottega en contra de la Cervecería Boliviana Nacional S.A.; la Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 213/2014 de fecha 25 de septiembre de 2014 de fs. 242 a 245, declarando probada en parte la demanda de reliquidación de beneficios sociales, determinando que la Cervecería Boliviana Nacional S.A., cancele a favor del actor conforme al siguiente detalle: Indemnización, aguinaldo, vacación y multa del 30 %, la suma total de Bs. 2.616.577,90 (DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE 90/100 BOLIVIANOS)
- Demandado: Cervecería Boliviana Nacional S.A
- Materia: Beneficios Sociales
- Distrito: La Paz
- Tramitado el proceso laboral por el pago de reliquidación de beneficios sociales seguido por Fernando
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, la Cervecería Boliviana Nacional S
- Interpuesto el recurso de casación en la forma y en el fondo, el recurrente establece
- 1
- 2
- 3
- 4
- 5
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que en la forma ANULE el Auto
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- En ese sentido, tanto la doctrina como la diversa jurisprudencia es coincidente al afirmar que
- En relación con las normas precedentemente glosadas, se establece que el promedio salarial indemnizable está
- Por otra parte y en relación a los componentes del salario promedio indemnizable, se debe
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- De los actuados del proceso, los fundamentos del recurso de casación y los fundamentos jurídicos
- Sobre éste particular, el Tribunal de Casación tiene dicho que “El bono de producción, es
- En ese contexto, y si bien en el caso en particular, no se debate sobre
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera, en ejercicio de
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
