Auto Supremo AS/0360/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2018

Fecha: 25-Jul-2018

No se considera que los actuados del SENASIR están enmarcados en el principio de especialidad

No se considera que los actuados del SENASIR están enmarcados en el principio de especialidad y verdad material, consagrada en el art. 108 de la Constitución Política del Estado (CPE), tampoco el art. 67-II de esta ley fundamental, determina que el Estado proveerá una renta vitalicia de vejez, de acuerdo a ley, obligando al cumplimiento del derecho a acceder a una renta única de vejez en el marco del sistema de seguridad social integral, dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable a cada caso