Respecto al hecho de que la referida pericia, y las pruebas MP5 y MP4, consistentes
Respecto al hecho de que la referida pericia, y las pruebas MP5 y MP4, consistentes en certificados médicos, establecerían que la víctima continuaba siendo virgen, el Tribunal de apelación argumentó que de la revisión de la Sentencia, los referidos certificados médicos –MP5 y MP4- establecieron que no existió desgarro del himen, empero también habrían explicado en audiencia de juicio que el himen de la víctima sería elástico, por lo que el mismo no sufriría desgarros en los actos sexuales, es decir, que la inexistencia de desgarros no desvirtuarían la agresión sexual que sufrió la víctima, ilícito que habría quedado probado con la denuncia y declaración informativa de la esposa del acusado, quien lo sorprendió en flagrancia cuando retornó a su domicilio sin previo aviso, declaración que habría sido considerada por el A quo como coincidente con la declaración de la víctima, no solo respecto al hecho ilícito sino también en cuanto a las circunstancias y acontecimientos en torno al hecho, como ser que el acusado mandaba a su hijo menor de 11 años a la tienda con la finalidad de consumar su conducta reprochable, llegando incluso a azotar al mismo con cable cuando éste se negaba a salir de su casa
- Por memorial presentado el 2 de mayo de 2017, cursante a fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 69/2015 de 21 de diciembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusado Iber Benson Carrillo (fs
- I.1.1.Motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación interpuesto y del Auto Supremo 562/2017-RA de 10 de agosto, se
- El recurrente alega que el Tribunal de Alzada, manifestó que existe prueba de la comisión
- El recurrente solicita se disponga que el Tribunal de apelación, emita nueva resolución conforme a
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
- El Tribunal de Sentencia en el punto 2 del acápite III fundamentación de derecho, relatando
- En cuanto a la prueba de descargo consistente en la PD2 consistente en un memorial
- El recurrente denuncia que el Tribunal de Sentencia incurrió en el defecto previsto por el
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El recurso de apelación restringida referido precedentemente, fue resuelto por Auto de Vista de 21
- Respecto a la segunda circunstancia alegada, señala que evidentemente el A quo, manifestó que el
- Sobre la tercera circunstancia, en cuanto a la falta de valoración seria y responsable de
- Sobre la valoración defectuosa del dictamen pericial de biología forense, la que a decir del
- III.1. Análisis del caso en concreto
- Respecto a la circunstancia planteada en el caso de autos, el fundamento principal del recurso
- Respecto al hecho de que la referida pericia, y las pruebas MP5 y MP4, consistentes
- Argumentos del Tribunal de apelación que contrastados con los fundamentos expuestos por el A quo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Se aclara que en aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
