Auto Supremo AS/0658/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0658/2018

Fecha: 23-Jul-2018

En la especie, el Tribunal de Alzada en los fundamentos de la resolución, señala que

En la especie, el Tribunal de Alzada en los fundamentos de la resolución, señala que “era necesario que la jueza de primera instancia valore todos los elementos probatorios referidos por el recurrente y especialmente el contrato de alquiler suscrito, pues este acreditaría la existencia de otra situación jurídica que impediría que se otorgue mérito a la demanda en todos sus términos, pues si bien podría exigirse la devolución del capital anticrético, no podría -en esta vía- pretenderse la devolución del inmueble por la eventualidad de que sea cierto que el mismo ha sido objeto de arrendamiento, el cual merece otro tratamiento jurídico,...”, por lo que con dichos antecedentes dispone la anulación de la Sentencia apelada, ordenando que el Juez A quo previa valoración de la prueba documental, resuelva positiva o negativamente la pretensión relativa a los contratos de anticresis y el de arrendamiento, siendo inconvalidable y por tanto sujeto al régimen fiscalizador contenido en los arts. 16 y 17 de la Ley del Órgano Judicial que faculta al tribunal de segunda instancia disponer el saneamiento procesal