Auto Supremo AS/0686/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0686/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

La querellante no demuestra con ningún elemento de prueba que los abogados de las acusadas


La querellante no demuestra con ningún elemento de prueba que los abogados de las acusadas se hubiesen hecho pasar como Fiscales y que los mismos allanaron su domicilio y tomaron posesión de baños púbicos de su propiedad. Tampoco, se demuestra que María del Carmen Aliaga, Paola Verónica Aliaga Aguilar, Jenny Margoth Aliaga Aguilar, Mabel Pamela Aliaga Aguilar, Oscar Eduardo Valencia Vásquez y Arminda Aliaga Conde, hayan ingresado en el domicilio de la querellante con violencia, agresiones verbales o físicas. Así también, que el día 11 de marzo de 2013, en horas de la noche las acusadas hubiesen colocado chapas a la puerta de la calle y que soldaron armellas en la puerta del departamento que ocupaba la querellante, cuando ésta salió a su trabajo y su hijo al colegio. Tampoco, se estableció el 11 de marzo, cuál la participación individual de cada una de las imputadas en el hecho acusado. Que, respecto a la declaración de la testigo Esther Elvira Rojas (cita extracto), no se establece que la querellante fue despojada de su bien inmueble; ya que, la misma habla de un mezanine; sin embargo, cuando se fue a la inspección técnica ocular, no se evidenció grada alguna, para ver la puerta en la cual existía cuatro candados, para el ingreso que pasa por un corredor; ya que, a la mano izquierda se encuentra una puerta con candados, los mismos que no pudieron ser abiertos, debido a que la querellante manifestó que ella no había puesto los candados colocados y posterior a ello la querellante quiso abrir los candados