Auto Supremo AS/0686/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0686/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

La recurrente, equivocadamente acude a exponer fundamentos respecto al contenido de la prueba testifical y


La recurrente, equivocadamente acude a exponer fundamentos respecto al contenido de la prueba testifical y de Inspección Ocular, olvidando la naturaleza jurídica antes mencionada y olvidando que un Tribunal de alzada no tiene competencia alguna para valorar, en su caso revalorizar la prueba; habida cuenta, que las únicas autoridades judiciales competentes para valorar la prueba son los Jueces y Tribunales de instancia. Contrario a lo argumentado por la apelante y al no existir con la Ley Nº 1970 la doble instancia, un tribunal de alzada no tiene la competencia para valorar, en su caso, revalorizar la prueba. En el mismo sentido y de manera uniforme se ha pronunciado el Tribunal Supremo de Justicia, mediante el Auto Supremo 353 de 29 de agosto de 2006