Auto Supremo AS/0692/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0692/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

Respecto del primer motivo, refiere que el Auto de Vista, en el punto 1) del


Respecto del primer motivo, refiere que el Auto de Vista, en el punto 1) del considerando III (DE LA APLICACIÓN AL CASO CONCRETO), en cuanto al primer motivo de su recurso de apelación referido a la carencia de fundamentación y su insuficiencia para fundamentar la resolución impugnada, ésta cumpliría dicha exigencia legal y se ajusta al criterio jurisprudencial constitucional expresado en la Sentencia Constitucional 2023/2010-R; al respecto, es necesario manifestar que el Tribunal de alzada, no consideró en lo más mínimo los argumentos de orden jurídico y normativo expresado en el recurso de apelación restringida, ni en la fundamentación oral complementaria del mismo, ya que en estos actuados procesales se alegó la violación al debido proceso y a la legalidad del proceso, vulnerando así las disposiciones normativas contenidas en los arts. 115, 116, 117 y 119 de la CPE y 124, 173 y 360 del CPP, normativa que ordena que toda resolución debe ser necesariamente expresa, exponiendo los motivos de hecho y de derecho que sustenten su condición, en sujeción a los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad, respondiendo y emitiendo los criterios jurídicos sobre cada un punto