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    Auto Supremo AS/0696/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0696/2018-RA

    Fecha: 17-Ago-2018

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    • Por memoriales presentados el 11, 22 y 23 de mayo de 2018, Roger Paniagua Vallejos,
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
    • De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Refiere que el Auto de Vista convalida la errónea aplicación de la Ley realizada por
    • Señala que la Sala Penal Segunda y el Tribunal de Sentencia contienen una errónea aplicación
    • Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios la Sentencia Constitucional 2199/2013 de
    • II.2. Recuso de casación de Walter Pedro Terán Cardozo
    • En el recurso de casación interpuesto por Walter Pedro Terán Cardozo, se evidencia de obrados,
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el 4 y 16 de mayo de
    • IV.1. Recuso de casación de Roger Paniagua Vallejos
    • Con relación al primer motivo, refiere que el Auto de Vista convalida la errónea aplicación
    • Por otro lado, si bien el recurrente señala que la exclusión probatoria respecto de la
    • En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
    • En el caso presente, el impugnado Auto de Vista, conoció la alzada en contra de
    • Respecto del tercer motivo, aduce que el Tribunal Cuarto de Sentencia tiene una errónea aplicación
    • Con relación a la temática planteada invocó como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional 2199/2013 de
    • IV.2. Recuso de casación de Walter Pedro Terán Cardozo
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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