Auto Supremo AS/0704/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0704/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

En cuanto, al segundo motivo, en el que denuncia la irretroactividad de la Ley penal;


En cuanto, al segundo motivo, en el que denuncia la irretroactividad de la Ley penal; puesto que, del contenido del Auto de Vista, evidenciaría que los hechos sobre los que se le atribuye su conducta son de 26 de junio de 1995, es decir hace 22 años, 11 meses y 23 días, existiendo a dicho tiempo la extinción de la acción penal por prescripción, que comenzaba a correr desde la media noche del día que se cometió el delito para lo cual se estableció los plazos para la prescripción en función a la pena establecida, por lo que, afirma que en su caso el delito ya se prescribió a los 2 años por mandato del inc. 3) del art. 100 relacionado con el inc. c) del art. 101, concordante con el art. 102 del CP, por cuanto, el delito de Falsificación de Documento Privado tiene una pena de 6 meses a 2 años, habiéndose prescrito el 27 de junio de 1998; es decir, casi 21 años atrás