Auto Supremo AS/0791/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0791/2018-RRC

Fecha: 30-Ago-2018

Denunció errónea aplicación de la Ley por defecto de Sentencia del art


Denunció errónea aplicación de la Ley por defecto de Sentencia del art. 370 inc. 1) del CPP, por ser que el Tribunal no ha hecho una adecuada subsunción del hecho al tipo penal, siendo necesario realizar dicho acto en base a una valoración objetiva de los hechos, debiendo concretar al tipo penal descrito en la Ley, lo que no se ha dado por cumplido, de conformidad al Auto Supremo 712 de 25 de noviembre de 2004. El Tribunal al analizar y puntualizar los hechos en la forma, no establece de manera clara y completa el razonamiento lógico que debe existir en la concreción del hecho; puesto que, no indica en qué consisten los motivos bajos y fútiles, menos alevosía y ensañamiento; puesto que, dichos hechos tiene sus propias características, sin considerar que el hecho fue debido a que la víctima primeramente golpeó al imputado, como afirma el propio Tribunal, por lo que no existen motivos bajos o fútiles, que más bien todo se produjo a consecuencia de una discusión; a lo que el Tribunal, no medita, no analiza, menos toma en cuenta todos los hechos; puesto que, al ser agredido, ultrajado, atentando contra su seguridad física, lo único que hizo fue repulsar una agresión injusta, abusiva, donde incluso, perdió la noción y que nunca tuvo la intención de causar la muerte; existiendo una semi-imputabilidad (cita art. 18 CP), lo que no puede considerarse como un dolo directo, la no existir la intencionalidad, inobservando el Auto Supremo 596/2001 de 14 de noviembre