Auto Supremo AS/0805/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0805/2018

Fecha: 29-Ago-2018

Sobre este tema en el AS 184/2014 de 24 de abril se ha señalado: “Según

Sobre este tema en el AS 184/2014 de 24 de abril se ha señalado: “Según Carlos Morales Guillen “la notificación es el acto de poner en conocimiento de una parte cualquiera de las providencias judiciales para que dándose por comunicada o enterada de ellas sepa el estado del litigio…”, estas notificaciones pueden ser de dos clases: expresa o tácita, la primera, cuando se cumple conforme a lo previsto por el Capítulo VI del Título III del Libro I del Código de Procedimiento Civil; la segunda, vale decir, la tácita o implícita que es la que se produce en aquellos casos en los cuales, sin necesidad de un acto formal de notificación, la parte conoce o se presume que ha podido conocer una resolución judicial, a través del retiro o la saca de expediente, y el retiro de copias de escritos y documentos del proceso, por lo que en el caso en análisis, se evidencia que el recurrente, procedió a recoger la copia legalizada de la Sentencia de 16 de septiembre de 2005, tal como se demuestra a fs. 175 vlta., lo que demuestra de manera fehaciente que el mismo ha sido notificado de forma tácita con la Sentencia de fs. 105 a 110, por lo que en consecuencia el recurso de apelación interpuesto por el recurrente resultó extemporáneo”