Auto Supremo AS/0483/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2018

Fecha: 21-Sep-2018

Afirma que los registros de asistencia no pueden ser invalidados por no tener el sello

Afirma que los registros de asistencia no pueden ser invalidados por no tener el sello del Ministerio del Trabajo, porque fueron firmados por la parte actora y se encuentran legalizadas por el Juzgado Segundo de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la Capital, constituyendo prueba documental esencial y suficiente para acreditar la relación laboral y la asistencia del demandante