Auto Supremo AS/0802/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0802/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Cuyos modos serían: “la invasión del inmueble, en la cual el agente penetra en el


Carlos Creus, en cuanto al delito de Despojo, afirma que “tiene un sentido de quitar, de sacar de la ocupación o impedir la ocupación del inmueble total o parcialmente, por parte del sujeto pasivo”; que puede darse, “desplazando al tenedor, poseedor o ejercitador del derecho real de que se trate del lugar (terreno) que constituye el inmueble u oponiéndose a que aquél continúe realizando los actos propios de su ocupación tal como los venía ejecutando”.

Despojo que afirma, puede ser total o parcial “Es total cuando se priva al sujeto de todo el inmueble; es parcial cuando se lo priva de la tenencia de la parte del inmueble que aquél ocupa (p.ej., en una tenencia común, impedirle el ejercicio de los derechos que como tenedor común le corresponden), o cuando el autor excluye al sujeto pasivo de la ocupación de una parte del inmueble que ocupaba en su totalidad, o cuando trata de ejercer juntamente con él la ocupación”.

Cuyos modos serían: “la invasión del inmueble, en la cual el agente penetra en el inmueble aun sin expulsión de sus ocupantes, para ocuparlo él conjuntamente en su caso, privando a aquéllos en alguna medida del ejercicio de los derechos que como tenedores ejercían; el mantenimiento en el inmueble, impidiendo al ocupante seguir ejerciendo los derechos sobre él cuando le corresponden, lo cual se da generalmente en los casos de ‘interversión de título`, en los cuales el agente invoca un título de ocupación que no es aquel en virtud del cual se encontraba en el inmueble; la expulsión de los ocupantes, para hacerse el agente con esa ocupación en forma exclusiva sobre la totalidad o parte del inmueble”. (CREUS Carlos, Derecho Penal, Parte Especial, Tomo I, 3ra. Edición, p. 586 y 587). (Las negrillas y el subrayado nos corresponden)