Auto Supremo AS/0813/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0813/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

I) Luego de una exposición de fundamentos doctrinales y jurisprudenciales, el Tribunal de alzada manifestó


II.3. Del Auto de Vista impugnado.

El Auto de Vista 011/2017 de 13 de septiembre, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó el recurso planteado, declarándolo inadmisible; y en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada, bajo la siguiente fundamentación:

I) Luego de una exposición de fundamentos doctrinales y jurisprudenciales, el Tribunal de alzada manifestó que el apelante no ha cumplido de manera efectiva, siquiera en el plazo oportuno la determinación contenida en la providencia de 14 de diciembre de 2015 que le fue notificada el 14 de enero de 2016 y se tenía el plazo para cumplir la providencia hasta el 19 de enero de 2016, lo que significa que el acusado y apelante tenía las 24 horas del indicado día para cumplir, lo que se había ordenado en la providencia de 15 de diciembre de 2015; sin embargo no se hizo, habiendo presentado su pronunciamiento el 20 de enero de 2016; es decir, fuera del plazo de 3 días que le fueron otorgados, con lo cual corresponde dar aplicación a lo que se encuentra establecido en el última parte del art. 399 del CPP