En cuanto al único motivo de casación, en el que la entidad recurrente acusa que
En cuanto al único motivo de casación, en el que la entidad recurrente acusa que el Tribunal de apelación incurrió en incongruencia omisiva al no ingresar a resolver la apelación incidental planteada de forma conjunta con la apelación restringida, haciendo al efecto una errónea interpretación del Auto Supremo 60 de 27 de enero del 2007, criterio jurisprudencial que habría sido superado a partir de la Sentencia Constitucional 421/2007 de 27 de mayo, dando la posibilidad de plantear el recurso de apelación incidental junto con la apelación restringida, en ese sentido y a los fines de efectuar ingresar al fondo de la problemática planteada corresponde desarrollar y analizar los siguientes aspectos:
En apelación restringida, la entidad recurrente denunció que la Sentencia impugnada vulneraría el debido proceso por no tener fundamentación y congruencia del porqué se excluye las pruebas del Ministerio Público y de la acusación particular, quebrantando la libertad probatoria, prevista en el art. 171 del CPP, vulnerando el derecho a la defensa. Así como también, se habría rechazado indebidamente la prueba testifical de cargo
- Por memorial presentado el 15 de enero del 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia S-08/2016 de 14 de abril (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 299/2018-RA de 7 de mayo,
- La parte recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, haciendo una errónea interpretación del Auto
- I.2.3. Petitorio
- El recurrente solicita que se declare fundado su recurso de casación, dejando sin efecto el
- I.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 299/2018-RA de 7 de mayo, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia S-08/2016 de 14 de abril, el Tribunal Segundo de Sentencia de El Alto
- Asimismo, refiere que las pruebas de descargo habrían sido ilegalmente rechazadas quebrantando la libertad probatoria,
- Asimismo, denuncia que la Sentencia se basó en hechos inexistentes no acreditados o en la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- III.1. Marco legal y doctrinal
- Conforme dispone el art
- Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
- Por otra parte, con la finalidad de establecer si toda denuncia por falta de pronunciamiento
- III.1.2.Principios de congruencia y su aplicación en el sistema procesal penal vigente
- Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
- La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
- III.2. Análisis del caso concreto
- En cuanto al único motivo de casación, en el que la entidad recurrente acusa que
- A tal efecto, el Tribunal de alzada en el punto quinto del Auto de Vista
- Sobre el particular, analizado el motivo traído en casación como los argumentos esgrimidos en el
- De lo anteriormente aseverado, se puede establecer que el Auto de Vista impugnado carece de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
