En ese sentido, respecto al deber de fundamentación de las Sentencias se tiene el Auto
En ese sentido, respecto al deber de fundamentación de las Sentencias se tiene el Auto Supremo 65/2012-RA de 19 de abril, que estableció que, la fundamentación de las resoluciones en materia penal, exige de parte del Juez o Tribunal de Sentencia, que desarrolle una actividad de fundamentación del fallo que comprende varios momentos; a saber: la fundamentación descriptiva, la fundamentación fáctica, la fundamentación analítica o intelectiva y la fundamentación jurídica, refiriendo en el citado fallo lo siguiente: “(…) es menester señalar de manera general que uno de los presupuestos del ámbito del derecho al debido proceso exige que toda Resolución judicial sea debidamente fundamentada, lo que genera en cada autoridad que dicte una Resolución, el deber de exponer imprescindiblemente los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma; pues en el caso de inobservar estas exigencias, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en la práctica toma una decisión de hecho mas no de derecho que vulnera el debido proceso, que permite a las partes conocer cuáles son las razones, los motivos o las argumentaciones jurídicas de la decisión adoptada por un tribunal de justicia a fin de que la Resolución reúna las condiciones de validez necesarias
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 5 de 16 de enero de 2017 (fs
- Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Mirian Tapia Fuentes (fs
- El recurrente solicita, se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se emita
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- Cesar Canaviri Mendoza, señaló que su persona recepcionó la denuncia en contra del imputado el
- La perito Yanet Ardaya Frias, psicóloga de víctimas especiales reconoce que hizo una entrevista psicológica
- Ana Katerine Ramerez Gamón, médico forense reconoce que hizo un estudio médico en “AA” por
- Como prueba documental ofrecida y producida por la acusación se tiene las pruebas: 1, 2,
- Del contenido de las pruebas testifical, pericial y documental producida es difícil sostener que el
- Respecto al incidente de exclusión probatoria de las documentales 13 y 15 declaró probada la
- II.2.1. De la acusadora particular
- Notificada con la Sentencia, Miriam Tapia Fuentes formuló recurso de apelación restringida, bajo los siguientes
- Como segundo agravio refiere: “El Artículo 2 de la Ley 2033 con la modificación al
- “FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN”; a cuyo efecto, cita los entendimientos de las Sentencias Constitucionales 0752/2002-R de
- II.2.2. Del representante del Ministerio Público
- Valoración defectuosa de la prueba y la falta de fundamentación; puesto que, no valoró las
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Que, el Tribunal de mérito a tiempo de dictar la Sentencia realizó una fundamentación fáctica
- Que, la Sentencia recurrida no contiene una fundamentación probatoria descriptiva; toda vez, que no consta
- Que, al no existir una correcta fundamentación descriptiva de las pruebas en general, el Tribunal
- Otra consecuencia de no haberse realizado una correcta fundamentación probatoria descriptiva, se da al momento
- Que, la Sentencia no contiene una correcta fundamentación jurídica que permita comprender por qué se
- Que al constatarse una falta de fundamentación probatoria descriptiva, intelectiva y jurídica en la Sentencia,
- III.1.Respecto a la fundamentación de la Sentencia
- La Constitución Política del Estado (CPE) en su art
- Al respecto, la Sentencia tiene relevante trascendencia, o puede ser considerada como el acto más
- En ese sentido, respecto al deber de fundamentación de las Sentencias se tiene el Auto
- De manera específica la Sentencia penal que pone fin al acto de juicio debe contener
- El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
- La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art
- Posteriormente sentó la siguiente doctrina legal aplicable: “Una vez desarrollado el acto de juicio y
- La labor de control que realice el Tribunal de alzada respecto a la denuncia de
- Asimismo, el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, refiere: “El Tribunal de
- De ello, se tiene que si bien, la apreciación valorativa de las pruebas y las
- Ingresando al análisis, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, ante la
- De los argumentos expuestos en el Auto de Vista recurrido, en relación a que la
- Por los argumentos expuestos, se tiene que el Tribunal de alzada a tiempo de alegar
- En cuanto, a que el Auto de Vista sostuvo que la Sentencia incurrió en el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
