El art
III. RESPUESTA AL RECURSO
La acusadora particular por memorial presentado el 7 de agosto de 2018, de fs. 673 a 674 vta., impetra se declare inadmisible e improcedente el recurso de casación formulado por el imputado, argumentando que no señala de qué modo o qué forma la Sentencia hubiese lesionado las normas que menciona y sin señalar cuál el sentido jurídico de la resolución impugnada que no coincide con los precedentes contradictorios que invoca, sin cumplir con la formalidad prevista por el art. 416 del CPP, haciendo inatendible su petitorio por falta de fundamento jurídico doctrinal.
IV. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 31 de julio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En cuanto a la declaración del testigo Roberto Gutiérrez Rodríguez, señala que nunca frecuentó la
- Refiere que el Tribunal de alzada hizo alusión a hechos inexistentes, cuando en su declaración
- Por último, denuncia que pese a que en apelación no se puede realizar una revaloración
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el segundo motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada hizo alusión a
- Además, se advierte que en el tercer motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de
- En cuanto a los Autos de Vista emitidos según refiere el recurrente por las Salas
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
