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    Auto Supremo AS/0840/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0840/2018

    Fecha: 05-Sep-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Distrito: Cochabamba
    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • 3
    • 4
    • 5
    • 6
    • 7
    • 8
    • En base a lo expuesto, solicita se case o se anule el Auto de Vista
    • Respuesta al recurso de casación
    • 1
    • 2
    • Solicitando en ese merito se declare infundado el recurso de casación de referencia, y se
    • CONSIDERANDO III
    • El art
    • III.2. De la facultad del Juez o Tribunal de disponer el Litis Consorcio Necesario
    • Al respecto el profesor Eduardo Couture define al litisconsorcio como: “la situación jurídica en que
    • De acuerdo a la clasificación doctrinaria existe el litisconsorcio voluntario y el litisconsorcio necesario, entendiendo
    • Sobre esta cuestión y haciendo relevancia sobre el litisconsorcio necesario, el art
    • En consecuencia, a los efectos de las previsiones de los arts
    • CONSIDERANDO IV
    • En ese marco, en el presente caso se tiene que las autoridades de instancia, han
    • En ese entendido se tiene que en primer lugar la demandante Beatriz Charro de Espinoza
    • A tal efecto dentro del trámite de este proceso, se advierte que en un inicio,
    • En ese entendido y conforme a lo desarrollado en el punto III
    • De ahí que al no haber sido los referidos co-propietarios, tomados en cuenta por la
    • Por lo expuesto, corresponde emitir Resolución conforme a lo previsto en el art
    • Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
    • En virtud a lo previsto en el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.

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