Auto Supremo AS/0840/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0840/2018

Fecha: 05-Sep-2018

De ahí que al no haber sido los referidos co-propietarios, tomados en cuenta por la

De ahí que al no haber sido los referidos co-propietarios, tomados en cuenta por la actora en su demanda de división y partición, ni mucho menos se dispuso su integración al presente proceso, pese a que está demostrado su interés legítimo, tal como se infiere de las documentales de fs. 2 y 23, se ha vulnerado el derecho a la defensa, lo que constituye causal de nulidad, por lo que corresponde anular obrados hasta que se integre a la litis a todos estos co-propietarios en calidad de litis consortes pasivos, decisión que no responde a una cuestión meramente formal, sino que tiene que ver con el tema del derecho a la defensa conforme lo establece el art. 115 de la Constitución Política del Estado y art. 105 de la Ley Nº 439, pues lo contrario implicaría que se esté cerrando la posibilidad de tutela jurisdiccional de los cotitulares materiales de la pretensión divisoria