Auto Supremo AS/0848/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0848/2018

Fecha: 05-Sep-2018

La confesión extrajudicial de la parte a un tercero tendrá el valor de presunción simple

La confesión extrajudicial de la parte a un tercero tendrá el valor de presunción simple.”, la citada normativa concibe la posibilidad de existir dos tipos de confesiones la judicial y extra judicial, dentro de las judiciales encontramos a la provocada, que emergente de un interrogatorio en la fase de producción probatoria y la espontanea catalogada también como judicial, es la que se hiciere en cualquier actuado dentro del proceso, (Ej. Contestación o demanda, etc.), en si podemos afirmar que la confesión, sea efectuada de manera espontánea o provocada, es la admisión de un hecho manifestado por el adversario como cierto y que no le es favorable para quien confiesa y que la misma sea efectuada en el proceso y la extrajudicial es la que emerge fuera de la litis