Auto Supremo AS/0848/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0848/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Señala que el fundamento para confirmar la Sentencia, en sentido de referir que la transferencia

Alega que en ninguna parte de las actuaciones los demandados argumentaron la posible existencia de renuncia, si bien alegaron interrupción, pero no la renuncia, asimismo señala que si bien el Auto de Vista concluyó efectivamente que existe posesión, pero la renuncia nunca fue alegada por lo que no correspondía ser dispuesta.
Señala que el fundamento para confirmar la Sentencia, en sentido de referir que la transferencia en favor de Hernando Añez Duran también lo vincula, es una situación sin sustento y por ende construcciones artificiosas, porque no existe en el proceso ese poder expresado por los jueces de instancia, tampoco existe probanza alguna que lo acredite, no existiendo renuncia alguna sobre todo si únicamente se alegó en la contestación interrupción la usucapión