POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 524 a 530 vta., interpuesto por Rosaura Menacho Arias, contra el Auto de Vista Nº 146/2017 de 3 de julio, cursante de fs. 520 a 521 vta., pronunciado por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Interfamiliar o Domestica del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, con costas y costos
- Distrito: Beni
- CONSIDERANDO I
- Contra la referida resolución Rosaura Menacho Arias, interpuso recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- Señala que el fundamento para confirmar la Sentencia, en sentido de referir que la transferencia
- La aplicación del principio iura novit curia no es para sustituir la acción de las
- CONSIDERANDO III
- En el Auto Supremo Nº 78 de 4 de febrero de 2016 se los requisitos
- III
- El art
- De varias de las causas de interrupción del término de la prescripción, podemos citar el
- Por esta figura se podrá advertir que si el usucapiente, mediante actos demuestra reconocer el
- Por otra parte también corresponde señalar que el Código en cuanto al cómputo de la
- Esta figura tiene que ver con la expresión incompatible de la voluntad de prescribir, o
- Las causales de la interrupción o suspensión al término de la prescripción, se aplican a
- III.3. De la motivación de las resoluciones
- Al efecto podemos citar el AS 446/2015 de 18 de junio que sobre el tema
- III.4 De la confesión espontánea
- Según el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Osorio, es la “Declaración
- II
- IV. La confesión extrajudicial es la que tiene lugar fuera del proceso
- Cuando sea formulada por la parte o por quien legalmente la represente, surtirá el mismo
- La confesión extrajudicial de la parte a un tercero tendrá el valor de presunción simple
- CONSIDERANDO IV
- El reclamo invocado si bien puede resultar algo confuso, pero del contexto se infiere que
- Partiendo de lo expresado, se debe tomar en cuenta que la Litis gira en torno
- 3
- Con carácter previo al análisis de lo controvertido, es menester aludir que se entiende por
- Por los fundamentos expuestos corresponde dictar resolución acorde a lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
