Auto Supremo AS/0853/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0853/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

“En el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está regida por el


El Auto Supremo 176/2013 de 24 de junio, fue emitido dentro de un proceso por el delito de Violación en Estado de Inconciencia, al resolver el recurso de casación planteado contra el Auto de Vista que había dispuesto la nulidad de la Sentencia y reposición de juicio por otro Tribunal, estableció que si bien el Tribunal de alzada tenía plena competencia para disponer la nulidad de la Sentencia; no podía hacerlo con base a revalorización de prueba, reiterando la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 14/2013-RRC de 6 de febrero, en sentido de que: 

“En el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está regida por el sistema de valoración de la sana crítica, así, el art. 173 del CPP señala: `El juez o tribunal asignará el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, con aplicación de las reglas de la sana crítica, justificando y fundamentando adecuadamente las razones por las cuales les otorga determinado valor, en base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial producida.’ Ahora bien, la sana crítica implica que en la fundamentación de la Sentencia, el juzgador debe observar las reglas fundamentales de la lógica, la psicología y la experiencia