Auto Supremo AS/0857/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0857/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

Carlos Creus sostiene: “el principio de congruencia refiere a los ‘hechos’ no a su calificación


Carlos Creus sostiene: “el principio de congruencia refiere a los ‘hechos’ no a su calificación jurídica, por eso el Tribunal podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta” (CREUS Carlos, Derecho Procesal Penal, Ed. Astrea, Buenos Aires, 1996, p. 117.), entendiéndose que en aplicación del mencionado principio, las partes deben limitarse a probar los hechos sometidos a litigio, sin que el juzgador necesariamente deba adecuar la conducta al tipo penal expresamente acusado; sino que, al quedar establecido los hechos y ante la evidencia de que dichos hechos probados no se ajustan a la pretensión jurídica acusada, en aplicación de éste principio, el Juzgador puede cambiar la calificación jurídica, con la finalidad de adecuar los hechos probados a la normativa legal que corresponda, máxime si la modificación es favorable al imputado