Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0857/2018-RRC
Fecha: 25-Sep-2018
II.3.De la Sentencia
II.3.De la Sentencia
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Por memoriales presentados el 16 de octubre de 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 3/2017 de 6 de febrero (fs
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Contra la referida Sentencia, Félix Oblitas García en su calidad de víctima (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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La recurrente impugna que el Auto de Vista, respecto a su agravio denunciado como defecto
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La recurrente solicita, se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido, para que se
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 464/2018-RA de 29 de junio, cursante de fs
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II.1.De la acusación pública
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II.2.Del Auto de apertura a juicio
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Por Resolución 089/2016 de 21 de abril (fs
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II.3.De la Sentencia
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Conforme consta en la enunciación del hecho y circunstancias objeto del juicio, se tiene que
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En base a dichos hechos, el Tribunal Noveno de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia
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Que Ana María Campos Rodríguez y Jorge Antonio Mejía Valdez, prestaban asistencia técnica jurídica, fungiendo
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Conclusión que emerge de las documentales MP6 (tarjeta personal de Ana María Campos Rodríguez), donde
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Concluyendo, que de conformidad a la prueba introducida a juicio y los hechos probados, efectuando
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Notificada con la Sentencia, Ana María Campos Rodríguez interpone recurso de apelación restringida, bajo los
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La Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto
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Se debe de tener en cuenta que al momento de juzgar un determinado caso concreto,
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Que se debe tener en cuenta el Auto Supremo 097/2016-RRC de 16 de febrero, que
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Que, la parte apelante señala que en un principio la acusación fiscal estaría encaminada por
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En ese contexto, es que los hechos acusados en el presente caso conforme a los
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Que el principio iura novit curia, que conjuntamente con el principio de congruencia juegan un
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III.1. De los precedentes invocados
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La recurrente invocó el Auto Supremo 139/2015-RRC de 27 de febrero, que fue dictado por
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Asimismo, el Auto Supremo 073/2013-RRC de 19 de marzo, refiriéndose, en uno de sus fundamentos,
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Del precedente, se tiene que resolvió una cuestión procesal que resulta similar a la denuncia
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También invocó el Auto Supremo 167/2013-RRC de 13 de junio, que fue dictado por la
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III.2. El principio de congruencia
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Antes de ingresar al análisis del presente recurso, resulta preciso referir sobre el principio de
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III.3. El principio iura novit curia
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El principio iura novit curia, es un principio de derecho procesal por el que se
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Carlos Creus sostiene: “el principio de congruencia refiere a los ‘hechos’ no a su calificación
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Al respecto, el Auto Supremo 239/2012-RRC de 3 de octubre, sentó la siguiente doctrina legal
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III.4.Análisis del caso concreto
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Ingresando al análisis del presente recurso, conforme se tiene de antecedentes procesales la representante del
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En cuyo efecto, la imputada formuló recurso de apelación restringida alegando conforme fue extractado en
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Añadió el Tribunal de alzada, que si bien en un principio la acusación estaría encaminada
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Refiere el Tribunal de alzada, que encontró justificada el fundamento del iura novit curia y
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De esa relación necesaria de antecedentes, conforme se explicó en los acápites III
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Por los argumentos expuestos, se tiene que el Tribunal de alzada incurrió en contradicción con
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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