Auto Supremo AS/0857/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0857/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

Por los argumentos expuestos, se tiene que el Tribunal de alzada incurrió en contradicción con


Por los argumentos expuestos, se tiene que el Tribunal de alzada incurrió en contradicción con el precedente invocado; toda vez, que no reparó la vulneración al principio de congruencia que derivó en la errónea aplicación del principio iura novit curia, implicando la vulneración de los derechos a la defensa y debido proceso conforme acusa la recurrente, a pesar de haber sido reclamado en apelación, por lo que, corresponde dejar sin efecto la Resolución impugnada; a objeto que la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita nuevo Auto de Vista observando, que si bien el Tribunal de mérito se encuentra facultado para otorgar al hecho denunciado una calificación jurídica distinta a la acusada, debe tener presente, que se encuentra limitado a que la modificación se haga en relación a los hechos acusados; es decir, que no puede modificar, suprimir o incluir otros hechos que no estuvieran descritos en la acusación; toda vez, que fue la base para el enjuiciamiento, consecuentemente el recurso en análisis deviene en fundado